Cercos sanitarios se rigen por Código de Salud, moción legislativa de encarcelar a quien los instale minaría potestades del Gobierno
El Gobierno del Presidente Nayib Bukele sigue luchando contra la pandemia de COVID-19 con el Código de Salud, la única herramienta que dejó la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) al Órgano Ejecutivo para enfrentar la crisis sanitaria que ha vivido el país durante todo 2020, lo que incluye la aplicación de cercos sanitarios como una estrategia de contención epidemiológica para evitar la propagación de contagios y fortalecer la atención de los equipos interinstitucionales.
Sin embargo, la Asamblea Legislativa, en un nuevo afán de dinamitar los esfuerzos gubernamentales, quiere aprobar la “Ley Especial Transitoria para Contener la Pandemia de COVID-19” que, además de no aportar nuevos elementos para la lucha contra el virus, busca perseguir y sancionar con prisión a los funcionarios que apliquen los cercos sanitarios, una medida que en los últimos meses ha demostrado ser efectiva para cortar la cadena de transmisión del virus y evitar escenarios de rebrote en diferentes zonas del país.
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El anteproyecto de ley ya cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa y podría ser aprobado en la sesión plenaria de la próxima semana, lo que confirmaría la desvinculación de este órgano de Estado con la realidad que ha vivido el país y que prevalece más el criterio político-electoral que la disposición para contener el COVID-19.
La moción ha sido promovida por los legisladores de ARENA y el FMLN de la Comisión de Salud y es un nuevo intento del bloque de oposición de cercenar facultades legales y constitucionales al Gobierno del Presidente Bukele, que ha hecho un importante trabajo para proteger la vida de los salvadoreños ante el letal virus, modernizar la red hospitalaria y evitar una alta tasa de mortalidad y contagios.
El Código de Salud, en su artículo 139, avala acciones en caso de una pandemia como la del COVID-19 y que se puede declarar “zona epidémica sujeta a control sanitario” cualquier parte del territorio nacional para que el Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, pueda implementar acciones para “prevenir el peligro, combatir el daño y evitar la propagación” de cualquier virus.
También recalca el Código de Salud, en su artículo 130, que el Ministerio de Salud es el que controla, como autoridad competente, “las enfermedades transmisibles”, por lo que las instituciones públicas como la Policía Nacional Civil (PNC), la Fuerza Armada y la Dirección General de Migración deben de prestarle “toda la colaboración”.
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Hasta la fecha se han aplicado cercos sanitarios en los municipios de Metapán y Chalchuapa (Santa Ana), La Libertad (La Libertad), Corinto y San Francisco Gotera (Morazán) y Santa Rosa de Lima (La Unión).
Pese a estas posturas políticas de la Asamblea Legislativa, el Gobierno del Presidente Bukele seguirá defendiendo la vida de los salvadoreños y aplicando las pocas herramientas legales que posee para vencer la pandemia, que ha afectado a todos los países del mundo y ha puesto a prueba a sus instituciones públicas y privadas.